Las traducciones públicas. Presentación de la documentación
En el caso de las traducciones públicas, es obligatorio que se provea al traductor del documento original, puesto que la traducción se debe adjuntar al mismo para su posterior legalización en el colegio de Traductores. No se pueden aceptar faxes o documentos plastificados. Para el caso de los DNI, pasaportes o cédulas de identidad se podrá sacar una fotocopia.
Apostilla
Trámites consulares en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
http://www.mrecic.gov.ar/
¿Porqué un traductor público?
El traductor público tiene una ventaja por sobre los demás traductores: su formación debe ser universitaria[1].
El traductor público es un profesional que se forma permanentemente en su/s campo/s de especialidad para adaptarse a la realidad del mercado y satisfacer a sus clientes.
El traductor público guardará secreto profesional respecto a toda información que llegue a su conocimiento durante la realización del trabajo, a no ser que se trate de información de acceso público.
Los honorarios
Los traductores matriculados deberán cotizar sus servicios teniendo en cuenta los aranceles orientadores fijados por el Colegio de Traductores. Fijar precios inferiores a los que el Colegio establece como referencia no solo habla de una falta de ética profesional y falta de respeto institucional sino que también desprestigia la profesión.
Enlace directo a la página del Colegio de Traductores en la cual se indican los aranceles orientativos según se trate de una traducción pública o una traducción de tipo general:
http://www.traductores.org.ar/nuevo_org/home/default/?id_ruta=38&nivel2=112&nivel3=115
Si el enlace anterior no funciona: ir a la página del Colegio de Traductores Públicos http://www.traductores.org.ar/nuevo_org/home/inicio/
hacer click en el menú legalizaciones y luego en el submenú matriculados. Se abrirá una ventana y se deberá elegir aranceles orientativos.
El pago
Una empresa morosa no es un cliente, sino un gasto irrecuperable de tiempo, esfuerzo y dinero.
Salvo otro acuerdo escrito, los honorarios vencerán para su pago neto en el momento de la entrega de la traducción al cliente. Los pagos podrán realizarse al contado, con cheque al día o transferencia bancaria.
[1] Texto extraído de una nota publicada en la revista del Colegio de Traductores número 90 del año 2008
VN:F [1.8.2_1042]